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GUÍA · 1 de noviembre de 2026

Facturas rectificativas en Verifactu: tipos R1 a R5, sustitución o diferencias

Tipos R1 a R5, rectificativa por sustitución (S) o por diferencias (I), qué va en ImporteRectificacion y cómo referenciar la factura original en Verifactu.

Una factura rectificativa en Verifactu es un registro de alta con TipoFactura R1 a R5 y TipoRectificativa S (sustitución) o I (diferencias). El tipo R dice por qué se rectifica; S o I dice cómo se reflejan los importes.

Los cinco tipos de rectificativa

Tipo Cuándo se usa
R1 Error fundado en derecho y art. 80 Uno y Dos de la Ley del IVA (devoluciones, descuentos posteriores, operaciones que quedan sin efecto, alteraciones del precio)
R2 Art. 80 Tres: destinatario en concurso de acreedores
R3 Art. 80 Cuatro: créditos total o parcialmente incobrables
R4 Resto de causas
R5 Rectificativa de una factura simplificada

Sustitución (S) o diferencias (I)

Por diferencias (I) Por sustitución (S)
El desglose lleva Solo la diferencia, en positivo o en negativo El importe completo y ya corregido
ImporteRectificacion No se incluye (si va, error 1119) Obligatorio: base y cuota de la factura original (si falta, error 1118)

Ejemplo: una factura de 100,00 € + 21,00 € de IVA debía ser de 115,00 € de base.

  • Por diferencias (I): desglose con base 15,00 y cuota 3,15.
  • Por sustitución (S): desglose con base 115,00 y cuota 24,15, e ImporteRectificacion con BaseRectificada 100,00 y CuotaRectificada 21,00.

Las validaciones de la AEAT exigen que base y cuota tengan el mismo signo, salvo en las rectificativas por diferencias y en las R2 y R3. Por eso una rectificativa por diferencias puede ir en negativo.

Identificar la factura original

En el registro, el bloque FacturasRectificadas (emisor, serie y número, y fecha de la factura original) es opcional. La factura rectificativa, en cambio, debe hacer constar los datos de la factura que rectifica (art. 15.4 del Reglamento de facturación). La excepción son los rappels y los casos que autorice la AEAT, en los que basta indicar el periodo.

Lo práctico: incluye siempre FacturasRectificadas cuando la factura identifica la original. Así la relación consta también en la AEAT.

Errores frecuentes al programarlas

  1. Facturar en negativo con una factura ordinaria (F1) para corregir un importe. La normativa pide una factura rectificativa.
  2. Mezclar sustitución y diferencias: marcar S y poner en ImporteRectificacion la diferencia (15,00) en lugar de la base original (100,00).
  3. S sin ImporteRectificacion (error 1118) o I con ImporteRectificacion (error 1119).
  4. FacturasRectificadas en una factura que no es rectificativa (error 1117).
  5. Anular en lugar de rectificar. La anulación es para facturas que no debieron emitirse; si la operación existió y cambia su importe, corresponde una rectificativa.
  6. Usar una subsanación para cambiar importes. La subsanación corrige datos del registro cuando no se exige rectificativa.

Los códigos de error y su texto oficial están en errores de la AEAT.

Cómo se ve en una auditoría

La auditoría Verifactu revisa cada rectificativa: el tipo R y el TipoRectificativa, la referencia a la factura original y ImporteRectificacion. Cuando la factura original está entre tus registros, comprobamos que los importes rectificados coinciden con ella. Es una buena forma de comprobar que tu software genera bien las rectificativas antes de firmar tu declaración responsable.

Preguntas frecuentes

¿Los rappels son facturas rectificativas?

Sí. Según el art. 15.4 del Reglamento de facturación, y como recoge la AEAT en sus aclaraciones a desarrolladores, basta indicar el periodo al que se refieren, sin identificar cada factura.

¿Puedo rectificar varias facturas en una sola?

Sí, siempre que identifiques todas las facturas rectificadas. En el registro, FacturasRectificadas admite varias facturas.

¿Cómo se factura el reembolso de un cobro?

Con una rectificativa de la factura original, no con una anulación: la venta existió. Lo habitual es R1 (la operación queda sin efecto total o parcialmente, art. 80 Dos de la Ley del IVA), por diferencias (I), con el importe devuelto en negativo y FacturasRectificadas apuntando a la factura original.

¿Qué tipo uso para una devolución de mercancía?

R1, porque es una de las causas del art. 80 Dos de la Ley del IVA. R4 queda para el resto de causas.

Fuentes

Información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico.

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