BOE · Publicada la Orden HAC/1028/2026 de factura electrónica B2B. Qué cambia para tu software →
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Verifactu: qué tiene que hacer tu software

Desde 2027, el software de facturación en España tiene que generar un registro por cada factura, encadenado con el anterior, e imprimir un QR en la factura. Esto es lo que dice la norma.

Revisado el 29 de octubre de 2026

Las normas

  • Ley 58/2003, General Tributaria: el art. 29.2.j exige que los sistemas de facturación garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. El art. 201 bis fija las sanciones.
  • Real Decreto 1007/2023: el Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación (el «Reglamento Verifactu»).
  • Orden HAC/1177/2024: las especificaciones técnicas: campos del registro, huella, QR, servicio web y contenido de la declaración responsable.
  • Real Decreto-ley 15/2025: las fechas vigentes.

Qué exige al software

  1. Un registro de facturación por cada factura emitida (alta) y por cada anulación.
  2. Una huella SHA-256 en cada registro, encadenada con la del registro anterior. Ver huella y encadenamiento.
  3. Un código QR en la factura, con la URL de cotejo de la AEAT.
  4. Una declaración responsable del productor del software. Ver declaración responsable.

VERI*FACTU o NO VERI*FACTU

VERI*FACTUNO VERI*FACTU
Envío a la AEATCada registro se remite a la AEATLos registros se guardan; se entregan si la AEAT los requiere
Firma de los registrosNoSí, firma electrónica de cada registro
Registro de eventosNoSí
Leyenda en la factura«Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU»Sin esa leyenda

A quién obliga y cuándo

A los empresarios y profesionales que facturan con un sistema informático, con excepciones: entre otras, quienes llevan los libros registro a través del SII y los territorios forales, que tienen sus propios sistemas. Fechas vigentes según el RDL 15/2025:

  • 1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027: el resto de obligados.

Hacienda ha anunciado un aplazamiento a octubre de 2028. Está anunciado, pendiente de publicación en el BOE; hasta entonces rigen las fechas de 2027. Detalle en fechas de Verifactu.

Sanciones

El art. 201 bis de la Ley General Tributaria sanciona con 150.000 € por cada ejercicio y por cada tipo de sistema a quien fabrique, produzca o comercialice software que no cumpla, y con 50.000 € por ejercicio a quien use un sistema que no se ajuste a la norma.

Dónde encaja FiscalGrid

Sentinel comprueba el destinatario de cada registro antes de enviarlo (pruébalo), al lado de lo que ya usas. Vigilar las respuestas y auditar la cadena llegan con el acceso anticipado.

Fuentes

Información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico.

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