Las normas
- Ley 58/2003, General Tributaria: el art. 29.2.j exige que los sistemas de facturación garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. El art. 201 bis fija las sanciones.
- Real Decreto 1007/2023: el Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación (el «Reglamento Verifactu»).
- Orden HAC/1177/2024: las especificaciones técnicas: campos del registro, huella, QR, servicio web y contenido de la declaración responsable.
- Real Decreto-ley 15/2025: las fechas vigentes.
Qué exige al software
- Un registro de facturación por cada factura emitida (alta) y por cada anulación.
- Una huella SHA-256 en cada registro, encadenada con la del registro anterior. Ver huella y encadenamiento.
- Un código QR en la factura, con la URL de cotejo de la AEAT.
- Una declaración responsable del productor del software. Ver declaración responsable.
VERI*FACTU o NO VERI*FACTU
| VERI*FACTU | NO VERI*FACTU | |
|---|---|---|
| Envío a la AEAT | Cada registro se remite a la AEAT | Los registros se guardan; se entregan si la AEAT los requiere |
| Firma de los registros | No | Sí, firma electrónica de cada registro |
| Registro de eventos | No | Sí |
| Leyenda en la factura | «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU» | Sin esa leyenda |
A quién obliga y cuándo
A los empresarios y profesionales que facturan con un sistema informático, con excepciones: entre otras, quienes llevan los libros registro a través del SII y los territorios forales, que tienen sus propios sistemas. Fechas vigentes según el RDL 15/2025:
- 1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027: el resto de obligados.
Hacienda ha anunciado un aplazamiento a octubre de 2028. Está anunciado, pendiente de publicación en el BOE; hasta entonces rigen las fechas de 2027. Detalle en fechas de Verifactu.
Sanciones
El art. 201 bis de la Ley General Tributaria sanciona con 150.000 € por cada ejercicio y por cada tipo de sistema a quien fabrique, produzca o comercialice software que no cumpla, y con 50.000 € por ejercicio a quien use un sistema que no se ajuste a la norma.
Dónde encaja FiscalGrid
Sentinel comprueba el destinatario de cada registro antes de enviarlo (pruébalo), al lado de lo que ya usas. Vigilar las respuestas y auditar la cadena llegan con el acceso anticipado.
Fuentes
- Ley 58/2003, General Tributaria, art. 201 bis (BOE-A-2003-23186)
- Real Decreto 1007/2023 (texto consolidado, BOE-A-2023-24840)
- Orden HAC/1177/2024 (BOE-A-2024-22138)
- Real Decreto-ley 15/2025 (BOE-A-2025-24446)
Información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico.