La tabla
| Fecha | Qué | Estado |
|---|---|---|
| 1 ene 2027 | Verifactu para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | EN EL BOE RDL 15/2025 |
| 1 jul 2027 | Verifactu para el resto de obligados | EN EL BOE RDL 15/2025 |
| Octubre de 2028 | Aplazamiento de Verifactu | ANUNCIADO pendiente de publicación en el BOE |
Comprobado el 29 de octubre de 2026: el texto consolidado del Real Decreto 1007/2023 en el BOE mantiene las fechas de 2027. No hay en el BOE ninguna norma que las cambie.
No confundir con la factura electrónica B2B
La factura electrónica obligatoria entre empresas tiene su propio calendario, en plazos de 12 y 24 meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026 (6 de octubre de 2026). Ver factura electrónica B2B.
Qué hacer mientras tanto
Planificar con las fechas vigentes. La remisión voluntaria a la AEAT ya es posible, y lo que se corrija ahora (identificación del destinatario, series, encadenamiento) no hay que corregirlo con prisa después.
Fuentes
- Real Decreto-ley 15/2025 (BOE-A-2025-24446)
- Real Decreto 1007/2023 (texto consolidado, BOE-A-2023-24840)
- Orden HAC/1028/2026 (BOE-A-2026-20587)
Información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico.